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Es ley el nuevo monotributo: cómo quedaron los topes de facturación

El Senado nacional sancionó este jueves por unanimidad la ley que genera nuevos cambios en el régimen simplificado del monotributo, con aumento en los topes de facturación que van del 68% al 84% para las categorías más baja y del 42% al 49,5% para las que tienen mayores ingresos.

La iniciativa, que había tenido media sanción de Diputados el 2 julio y fue impulsada por el presidente de ese cuerpo, Sergio Massa, sostiene el valor mensual de la cuota de enero a junio de 2021, por lo que se eliminan las deudas retroactivas que se habían generado con las modificaciones hechas por el mismo Congreso en abril.

Esas deudas producidas por la recategorización con retroactividad a enero habían ocasionado miles de quejas de monotributistas dado el contexto de crisis económica en el que está la Argentina y el escándalo obligó al Gobierno a rever la situación en pleno semestre electoral.

Incluso, los contribuyentes ya tendrían que haber pagado el monotributo con nuevos valores, pero la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tuvo que prorrogar el vencimiento del 25 de junio al 5 de agosto próximo.

Así surgió la iniciativa bautizada por el oficialismo como “Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes”, con la que finalmente se corrigieron los errores cometidos en la ley 27.618 promulgada el 21 de abril, la cual había elevado los topes solo 35% promedio, por debajo de la inflación.

EL DEBATE

El senador oficialista Carlos Caserio, miembro informante del proyecto en la Cámara alta, dijo en su exposición que “el objetivo es dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotribustistas”.

Y agregó que resulta conveniente dar un “buen impulso” a este sector en el proceso de recuperación económica. “Es una ley muy significativa, porque dos de cada tres contribuyentes están en las categorías A y B”, afirmó Caserio.

Clara Vega, senadora del bloque Parlamentario Federal, cuestionó que esta ley es producto de los “errores” cometidos por el propio oficialismo tres meses atrás. “Si hubieran dado una solución real en aquel momento, hoy no estaríamos debatiendo esto”, aseguró.

“¿Pero esto es realmente un alivio? Se no se comprende la estructura de este régimen tributario y por lo tanto no se abordan los problemas de fondo”, dijo Zimmermann. Y señaló que las categorías deberían actualizarse cada seis meses y por el índice de inflación. Incluso él presentó un proyecto en este sentido en 2020, pero no se trató por negativa oficialista.

El senador Ricardo Guerra, del oficialismo, defendió el proyecto y destacó que aquellos que hayan sido excluidos por la AFIP entre el 1 de enero y el 30 de junio, podrán reingresa r al régimen.

LOS CAMBIOS CONCRETOS

Ahora, la nueva ley actualiza las escalas para todas las categorías (con impacto sobre unos 4.080.151 monotributistas) desde julio de 2021 y propone un plan de pagos de hasta 60 cuotas para regularizar las deudas anteriores. También se eliminan las multas recibidas.

Para las deudas se fijó un interés de financiación no superior a 1,5% mensual. Esto beneficia a quienes venían pagando en planes vigentes y caducos, y a contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.

Según datos brindados por el oficialista Frente de Todos, en Córdoba se verán beneficiados 1.592.466 monotributistas del Área Metropolitana de Buenos Aires (39% del total); 415.182 de Córdoba; 149.845 de Mendoza; y 59.448 de Rio Negro; entre otros distritos.

Otro punto clave es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.

A partir del 1 de julio de 2021, los monotributistas podrán facturar al año:

  • Hasta $370.000 en la categoría A
  • $550.000 en la B
  • $770.000 en la C
  • $1.060.000 en la D
  • $1.400.000 en la E
  • $1.750.000 en la F
  • $2.100.000 en G
  • $2.600.000 en la H
  • $2.910.000 en la I
  • $3.335.000 en la J
  • $3.700.000 en la K.

Para la categoría A significa un aumento del 77,2% en la posibilidad de facturación sin cambiar de categoría, respecto de lo que rigió entre enero de 2020 y junio de 2021.

Para la B, 75,6%; para la C, 84,4%; para la D, 69,3%; para la E, F y G, 67,7%; para la H, 49,5%; 42,3% para la I; 42% para la J; 41,8% para la K.

Fuente: La Voz del Interior.