Economía

Nuevo blanqueo: arrancará con una alícuota del 2,5 por ciento

El Gobierno nacional elaboró un proyecto de ley para la declaración “voluntaria” de fondos no declarados. Los detalles.


El proyecto de ley que permitirá un nuevo “blanqueo” (llamado Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado) prevé el pago de alícuotas que arrancarán en el 2,5% desde la entrada en vigencia hasta el 31 de marzo y luego subirán al 5% y al 7,5% en los posteriores trimestres.

En el proyecto se establece que funcionarios nacionales y sus familiares no podrán acceder a este blanqueo, así como tampoco quienes hayan sido alcanzados por el Aporte Solidario dispuesto para morigerar los efectos de la pandemia.

Según el proyecto elaborado por el Ministerio de Economía, los sujetos alcanzados serán las personas humanas, sucesiones indivisas y empresas.

Los bienes comprendidos serán la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.

Asimismo, se duplican las alícuotas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación, entendiendo por regreso de bienes cuando el monto en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren.

También se establece un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta 50.000 dólares.

Entre los considerandos más importantes se destaca que para acceder al régimen simplificado, la declaración voluntaria de tenencia de moneda nacional o extranjera requerirá la confección de una declaración jurada solo informativa que dé cuenta del monto exteriorizado.

Quedarán excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario.

Los sujetos que adhieran a este proyecto de ley quedarán liberados de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.

Esto incluye a quienes hubieran omitido declarar los impuestos de Ganancias, Internos y al Valor Agregado, Bienes Personales y de la contribución especial de Cooperativas.

Además, habrá exclusiones para funcionarios públicos y familiares directos. En concreto, no podrán ingresar los sujetos que entre el 1° de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas así como sus cónyuges, convivientes, padres e hijos.

“COLABORADOR”

Además, se incorpora la figura de “colaborador” para que la Afip obtenga información de cualquier sujeto, residente o no en la Argentina.

La función del “colaborador” permitirá la detección y/o localización tanto de bienes no declarados, como de maniobras que tengan como objetivo algunos de los delitos tipificados en el Régimen Penal Tributario.