Policiales

Nuevas medidas del Gobierno: pago de sueldos en empresas y créditos a tasa cero a monotributistas

Finalmente en la noche de este domingo se conoció que el Gobierno nacional anunciará a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, una ampliación y modificación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que tiene menos de 20 días.

En ese marco, el Estado se hará cargo de una parte del salario de los trabajadores en relación de dependencia, en medio de la crisis económica por la parálisis del país en cuarentena. Además, habrá créditos a tasa 0 para monotributistas.

Se trata del llamado Salario Complementario. El texto desarrolla: «Consistirá en una suma abonada por la Anses para todos o parte de los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia cuyos empleadores cumplan con los requisitos establecidos».

Agrega: «El monto de la asignación será equivalente al (50%) del salario neto del trabajador o de la trabajadora correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

Además, se amplia el tiempo en el que las empresas pueden haber sido afectadas económicamente por el impacto del coronavirus. El decreto anterior habla de “Sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020” y la nueva norma en análisis remplazaría esa fecha por el 12 de marzo: o sea, 8 días antes.

El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción podrían acceder a los beneficios si cumplen uno o varios de los siguientes criterios:

  • Actividades económicas afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se desarrollan.
  • Cantidad relevante de trabajadores y trabajadoras contagiadas por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
  • Sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 12 de marzo de 2020.

Los beneficios son, entre otros:

  • Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • Salario Complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
  • Crédito a Tasa Cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadoras y trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el BCRA, con subsidio del 100% del costo financiero total.
  • Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores y las trabajadoras que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo de acuerdo con lo previsto por el artículo 10 del presente decreto”. Al respecto, se dispone que los trabajadores que reciban el beneficio accedan “a «una prestación económica por desempleo de un mínimo de $ 6000 y hasta un máximo de $ 10.000”.

Fuente: La Voz del Interior. La Voz del Interior