Salud

Se oficializó el empoderamiento de los directores de hospitales: qué atribuciones tendrán ahora

Podrán hacer contratos de hasta 3 meses y crear cargos, rearmar las estructuras orgánicas de los servicios y administrar fondos propios.


Con la publicación en el Boletín Oficial, entraron en vigencia las nuevas atribuciones delegadas a los directores de hospitales públicos provinciales.

La medida, anticipada por el gobernador Martín Llaryora y el ministro de Salud, Ricardo Pieckenstainer, apunta a fortalecer la “descentralización en materia de salud”, y empodera a los directores de hospitales para que cuenten con herramientas “para solucionar en la práctica y en el quehacer diario, con rapidez y celeridad, las distintas situaciones que se presentan en estos establecimientos, y hacen a la gestión interna de los mismos, según expresan los fundamentos de la disposición.

El anuncio de esta medida se hizo conocido porque trascendió el video en el que Llaryora habla con mucho énfasis a los directores y les dice que “no hay excusas” para gestionar.

En concreto, se habilita a los directores de hospitales a:

  • Aprobar estructuras orgánicas que impliquen la reestructuración y reconversión de los cargos vigentes, en iguales rangos y jerarquías.
  • Crear cargos, conforme a las necesidades de servicio y a las previsiones presupuestarias. c) Gestionar y disponer la vinculación de profesionales, personal técnico y auxiliares bajo la modalidad de contratación de servicios, por razones de urgencia y estrictas razones de servicio por un periodo máximo de hasta tres (3) meses, no renovables. La gestión y disposición premencionada, solo podrá realizarse en carácter de reemplazo por bajas y en la misma categoría
  • Designar personal en carácter interino y suplente así como limitar estas designaciones.
  • La aplicación de suspensiones y la aplicación de la sanción de cesantía, que prevé casos en los que debe darse intervención previa a la Dirección General de Gestión del Capital Humano del Ministerio de Salud; y en otros a la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud.

La frase que resume el “empoderamiento” no está tanto en las atribuciones, como en la delegación de una responsabilidad: garantizar la continuidad de los servicios de salud en los hospitales. Lo expresa de este modo el decreto: “Los titulares de los distintos establecimientos son los responsables de tomar las medidas que correspondan para velar por la regularidad y continuidad de la prestación de los servicios de salud en la repartición a su cargo, ejerciendo las atribuciones que les otorgan los artículos en materia disciplinaria, ya sea a través de apercibimientos, suspensiones, de la realización de las investigaciones administrativas, y en su caso del impulso del sumario correspondiente”.

Según los fundamentos de la medida, “la propuesta implica un cambio de paradigma en la implementación de las políticas públicas vinculadas al sistema sanitario, por la trascendencia que tienen estas instituciones en la vida diaria de la sociedad, las particularidades que presentan y el impacto que pueden producir las distintas situaciones que se suceden diariamente y requieren una respuesta inmediata”.

La delegación de tareas y decisiones viene acompañada de la distribución de fondos para la gestión autárquica.