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Morteros: Anunciaron la construcción de 25 nuevas viviendas

LAS CARACTERÍSTICAS DE CADA UNO DE LOS PLANES

UN TECHO PARA MI CASA (DESTINADA A EMPLEADOS MUNICIPALES)

Requisitos:

Poseer lote baldío para la construcción de la unidad habitacional cuyo titular deberá ser EMPLEADO MUNICIPAL.
Certificado de buena conducta.
No ser titular o cotitular de otra vivienda.
Fotocopia del boleto de compraventa del inmueble o de la escritura traslativa de dominio, donde conste la titularidad del inmueble baldío ofrecido para la construcción de la obra.

PLAN SEMILLA

Objetivo:

Otorgar a las familias que cuentan con un lote de terreno con infraestructura básica, todos los materiales de construcción necesarios para la ejecución de un módulo habitacional de 32,70m2 de superficie que constará de un dormitorio, baño y cocina comedor.

Requisitos:

Ser poseedor o propietario de un lote libre de construcción.
Conformar un grupo familiar.
No ser titular de otro inmueble.
No percibir el grupo familiar ingresos por encima de los dos salarios mínimo vital y móvil.

48 SUEÑOS REACTIVADO

Requisitos:

Poseer un lote baldío para la construcción de la unidad habitacional cuyo titular deberá ser uno de los integrantes del grupo familiar registrado.
Fotocopia del DNI de cada uno de los integrantes del grupo familiar.
Domicilio real en la ciudad de Morteros y/o colonias pertenecientes a la jurisdicción de esta ciudad, con una antigüedad mínima de 6 (seis) meses corridos en el momento de la actualización de datos.
Fotocopia del recibo de sueldo, condición de inscripción en AFIP o declaración jurada con testigos en los que se constate la actividad laboral que realiza el titular y grupo familiar.
Fotocopia del boleto de compraventa del inmueble o de la escritura traslativa de dominio, donde conste la titularidad del inmueble baldío ofrecido para la construcción de la obra.
Fotocopia del cedulón de tasa por servicio a la propiedad inmueble donde conste la designación catastral del mismo (no excluyente).
En caso de uniones de hecho, presentar declaración jurada del vínculo.
Certificado de buena conducta o buen concepto moral y vecinal.
Ser mayor de 18 años o emancipados.
No ser titular o cotitular de otra vivienda.
No se permitirá la inscripción a más de una persona por grupo familiar.
Garantía de tercero.

La forma de pago de las viviendas se realizará de acuerdo a lo especificado en el Art. 12 de la Ordenanza N° 2440 que establece que la financiación dispuesta para cada una de las viviendas podrá efectuarse en 60 (sesenta), 90 (noventa) o 120 (ciento veinte) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, aplicando el 6% anual mediante sistema francés, el que estará compuesto por el monto de la vivienda que resulte de haber descontado el aporte inicial más la tasa administrativa.

Fuente: Radio Belgrano de Suardi. Radio Belgrano