Policiales

Jubilaciones: El fallo del TSJ reafirma el reclamo de los gremios

Luego de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) anunciara este jueves que se declara competente respecto a las demandas contra la reforma previsional y la ratificación del derecho de los jubilados a percibir una proporción que “nunca podrá ser inferior al 82 % del sueldo líquido del trabajador activo”, DIARIO SAN FRANCISCO se contactó con Marcos Quaglino, secretario general de Asociación Bancaria Seccional San Francisco y con el secretario general de Luz y Fuerza, Oscar Damia para conocer su opinión.

Se trata de la Ley provincial 10.694, aprobada por la Legislatura el pasado 21 de mayo, que generó rechazos en todo el arco gremial y en la oposición política al gobierno de Juan Schiaretti, impulsor del ajuste.

Quaglino, a cargo de La Bancaria indicó «la resolución viene en tono a lo que venimos trabajando con nuestros abogados en las diferentes presentaciones que se vienen realizando para que nuestros afiliados no se vean afectados por la reforma previsional impulsada por el gobierno provincial».

Además indicó «desde el primer momento dijimos que la reforma era inconstitucional. Por eso nos unimos todos los gremios a quienes nos afecta esta ley impulsada por Hacemos por Córdoba que viene a sacar de nuestros bolsillos lo que tantos años aportamos».

«Esta ley se votó de espaldas a la gente, en plena cuarentena. Afecta mucho en los aportes que hemos hecho”, expresó el dirigente.

Asimismo, el representante de Luz y Fuerza comentó «esta resolución indica que estamos en lo cierto en nuestro reclamo». A lo que añadió «es un fallo en particular sobre trece jubilados pero abre la puerta hacia otras presentaciones judiciales que hemos realizado».

En tanto dijo «en la ciudad estamos unidos con el resto de los gremios y reclamando algo que nos corresponde».

«Desde que se aprobó la ley venimos insistiendo en que es inconstitucional y esto nos alienta a continuar con nuestro reclamo. Nosotros aportamos el 18% muchos años y eso nos corresponde» cerró Damia.

El Alto Cuerpo Judicial reiteró que cualquier modificación legislativa no puede perforar el denominado “núcleo duro”. No obstante, también aclaró que ese principio intangible rige sólo respecto de lo que alguien percibiera como jubilación, no cuando también se acumulara una pensión, por ser lo último un “beneficio previsional derivado y secundario, por el cual no hubo una prestación laboral efectiva”.