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Denuncian a la empresa Booking.com

El denunciante manifiesta que en el mes de noviembre reservó, a través de la página web de BOOKING, el alquiler de una casa en Brasil por temporada. Al momento de dirigirse al inmueble se percata que el mismo se encontraba habitado hace bastante tiempo, y su alquiler era administrado por una inmobiliaria. El usuario efectuó reiterados reclamos telefónicos y vía mail a la empresa y no tuvo respuesta alguna. Booking tiene la obligación de controlar la publicidad que efectúan los suscriptores a través de su página web, no siendo un mero intermediario, ya que brinda un servicio porque cuando se quiere operar a través de este sitio se suscribe un contrato, se adhiere a términos y condiciones, sumado a que la entidad obtiene una retribución dineraria por esta operatoria.

Booking no chequea la autenticidad de la persona que se loguea, por lo cual no toma las medidas de prevención necesaria respecto a las cosas que se ofrecen en ese sitio web. El art 40 de la Ley de Defensa del Consumidor prevé la responsabilidad solidaria de todos los intervinientes en la cadena de consumo cuando el daño sufrido por el consumidor resulte del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio.

La plataforma que tiene miles de usuarios en la web

La audiencia tiene como objetivo que la empresa brinde toda la información relativa a la relación contractual entre las partes, los antecedentes de los reclamos y que brinde una propuesta de solución que contemple la reparación íntegra de los daños causados.

Además, en caso de no comparecer a la audiencia, se solicitará la aplicación de una multa que puede ir desde cien pesos hasta cinco millones de pesos en concepto de daño punitivo por la conducta desleal de la empresa.

Fuente: Asociación de Consumidores “Usuarios y Consumidores Unidos” (UCU)